Terminar y borrarlo

Articulo de prueba

Testeando todos los estilos

Sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal, en el Juicio a las Tres Primeras Juntas (Buenos Aires, Argentina 1985)

“…No existe constancia de algún centro de cautiverio donde no se aplicaran medios de tortura y en casi todos, la uniformidad de sistemas aparece manifiesta. Sólo pueden señalarse pequeñas variantes de “tácticas” o de “modos”, pero el pasaje de corriente eléctrica, los golpes y la asfixia se repiten en casi la totalidad de los casos investigados, cualquiera sea la Fuerza de la que dependía en el Campo o su ubicación geográfica….”

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal

LA “METODOLOGIA PROBADA ”

La sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal, en el Juicio a las Tres Primeras Juntas Militares del 9 de Diciembre de 1985, en su apartado “LOS HECHOS PROBADOS” dice: “…ordenaron una manera de luchar contra la subversión que básicamente consistía en:

a) capturar a quienes pudieran [1] resultar sospechosos de acuerdo a los informes de inteligencia.” “…como lo reconocí, lo seguí con la mirada frente al cementerio Municipal, vimos que estaba haciendo otra “cita” con un hombre que estaba en una bicicleta. Nosotros procedimos a la detención de SCHULMAN y lo llevamos a la Seccional Cuarta de Policía…” “…lo conocía en razón de que anteriormente desplegué tareas de inteligencia y era sindicado como un comunista…” Oficial de la Policía Eduardo Alberto RAMOS. Declaración hecha en sede Judicial, Causa 145, folio 291, año 1978. Se adjunta como Anexo 1.

“… intercalado con insultos y [2] algunas vagas preguntas sobre mi participación en el Centro de Estudiantes. …decidieron picanearme…”. (Patricia Isasa) (Testimoniante ante V.S. con fecha 25/9/98).

Y sigue la Cámara:

“b) conducirlos a lugares dentro de unidades militares, o bajo su dependencia”.

“…la Seccional 4ta. fue designada para alojar detenidos a disposición del Ejército Argentino, a partir del 24 de Marzo de 1976, por resolución del Comando Militar de aquel entonces…” (Comisario Retirado Mario José FASINO). Declaraciones al diario “El Litoral” de Junio 25 del 98. Se adjunta como Anexo I.

“…Me trasladan a la Comisaría Cuarta, entramos por la puerta de tal modo que puedo reconocer el lugar. Me alojan en un calabozo, sola. … A mi marido, lo llevan a otro calabozo. Con el tiempo me enteré por él, que ese calabozo tenía solo 2 m. por 1,50 m…”. Susana Alicia MOLINAS. Testimonio adjuntado a la causa por Ana Oberlin, con fecha 3/9/98.

“…El 7 de Agosto a la madrugada, me llevan al hall central de la Comisaría…. Allí me encontré con mi compañera de Colegio Viviana CAZOLL (16), también vi a varios hombres que son trasladados con nosotras, pero en un furgón policial. …Nos bajaron a los empujones y subimos a nuestro destino final….La Guardia de Infantería Reforzada,…” Patricia Isasa. Testimoniante ante V.S. con fecha 25/9/98. Sigue la Cámara en su sentencia:

Y una postdata para ver cómo queda ¿Linda?

Notas

[1Declaraciones al diario “El Litoral” de Junio 25 del 98. Se adjunta como Anexo I.

[2Me alojan en un calabozo, sola. … A mi marido, lo llevan a otro calabozo. Con el tiempo me enteré por él, que ese calabozo tenía solo 2 m. por 1,50 m…”. Susana Alicia MOLINAS. Testimonio adjuntado a la causa por Ana Oberlin, con fecha 3/9/98.